Seguros para Drones y Fotografía Aérea Profesional
Criterio técnico para revisar el programa asegurador de empresas de pilotaje remoto, inspección aérea y producción audiovisual con drones.
Seguros, coberturas y garantías que conviene revisar
Las empresas de drones y fotografía aérea profesional operan aeronaves pilotadas por control remoto sujetas a un régimen asegurador propio de la aviación, además de los riesgos habituales de cualquier empresa de servicios: equipo de alto valor, tratamiento de imágenes y datos, y en muchos casos personal piloto contratado. La siguiente tabla identifica los seguros, coberturas y garantías que conviene revisar antes de operar o de renovar el programa asegurador.
| Seguro / garantía | Qué debe revisarse |
|---|---|
| Seguro de responsabilidad civil de aeronave UAS/dronCRÍTICA | Debe verificarse la obligación de aseguramiento, el límite aplicable y la correcta declaración de cada aeronave y uso profesional conforme a la normativa vigente. |
| Seguro de RC de explotaciónALTA | Puede cubrir reclamaciones de terceros derivadas del funcionamiento general de la empresa —oficina, trato con clientes, organización del servicio— distintas de la RC propia de la aeronave. |
| Seguro de daños al equipo (casco de la aeronave y cámaras)ALTA | Puede cubrir la pérdida, rotura o caída del dron y de los equipos ópticos asociados, incluidas baterías y cargas útiles, según los capitales declarados. |
| Seguro de responsabilidad profesionalALTA | Puede cubrir reclamaciones económicas por errores, omisiones o datos técnicos incorrectos, especialmente relevante en inspección, topografía o termografía. |
| Seguro de accidentes del piloto y del personal operativoSEGÚN ACTIVIDAD | Puede cubrir fallecimiento, invalidez o asistencia sanitaria; su relevancia depende del entorno de trabajo, los desplazamientos y los trabajos en altura. |
| RC patronal y seguros vinculados al personalSEGÚN ESTRUCTURA | Cuando existen pilotos u operadores contratados, debe revisarse la RC patronal, los límites por víctima y las obligaciones del convenio colectivo. |
| Seguro de ciberriesgos y protección de datosALTA | Puede resultar relevante dado que la actividad capta habitualmente imágenes de personas, propiedades y ubicaciones. |
| Responsabilidad por privacidad, imagen y contenidosSEGÚN ACTIVIDAD | No debe darse por supuesto que las reclamaciones por privacidad, derecho a la imagen o uso de contenidos quedan incluidas en el seguro de ciberriesgos. |
| Autorizaciones y registro de operador UASSEGÚN ACTIVIDAD | Requisito administrativo ante la autoridad de aviación competente, distinto de cualquier cobertura aseguradora. |
| Garantías financieras o avales administrativosSEGÚN ACTIVIDAD | Determinados contratos, especialmente con administraciones públicas, pueden exigir acreditar una garantía financiera o un aval. |
Responsabilidad civil de aeronave UAS
Las aeronaves pilotadas por control remoto están sujetas a un régimen asegurador propio de la aviación, distinto del de cualquier otro equipo profesional. Debe verificarse si existe obligación de aseguramiento conforme a la normativa aplicable a la aeronave y a la operación concreta, así como los límites mínimos que correspondan y que la póliza declara correctamente los usos profesionales y zonas de operación.
Responsabilidad civil de explotación
Puede cubrir, dentro de las condiciones contratadas, reclamaciones de terceros derivadas del funcionamiento general de la empresa: la organización del servicio, la relación con los clientes y la actividad fuera del propio vuelo de la aeronave.
Daños al equipo: casco de la aeronave y cámaras
El dron y los equipos ópticos asociados constituyen un activo de valor elevado. No debe asumirse que este material queda cubierto de forma automática por la RC de aeronave: esta responde ante daños a terceros, no ante daños propios. Debe comprobarse que los capitales incluyen no solo la aeronave, sino también cámaras, gimbals, sensores, baterías, estaciones de control y demás cargas útiles, durante el vuelo, transporte y almacenamiento.
Responsabilidad profesional
Puede cubrir, dentro de las condiciones contratadas, reclamaciones económicas derivadas de errores, omisiones o datos técnicos incorrectos en la prestación del servicio. Cobra especial relevancia en inspección de infraestructuras, topografía, termografía o trabajos técnicos en los que el cliente adopta decisiones basándose en la información entregada. Debe comprobarse si la póliza cubre perjuicios patrimoniales puros y qué exclusiones aplica al incumplimiento contractual o la falta de calidad del resultado.
Accidentes del piloto y del personal operativo
Puede cubrir fallecimiento, invalidez o asistencia sanitaria por accidentes sufridos durante la actividad profesional. Su relevancia depende del entorno de trabajo, los desplazamientos, la existencia de trabajos en altura y la situación laboral del piloto o colaborador.
Ciberriesgos, privacidad e imagen
La actividad capta habitualmente imágenes de personas, propiedades y ubicaciones. Debe diferenciarse la filtración accidental de archivos de una reclamación derivada de la propia captación, tratamiento, publicación o entrega de las imágenes: estas exposiciones pueden requerir garantías de responsabilidad profesional, protección de datos o responsabilidad por contenidos, según el servicio prestado. No debe darse por supuesto que todas estas situaciones quedan cubiertas por el seguro de ciberriesgos general.
Autorizaciones administrativas y garantías financieras
Operar como empresa de drones puede requerir inscripción como operador UAS y las habilitaciones de piloto correspondientes ante la autoridad de aviación competente. Este registro es un requisito administrativo, no un seguro, aunque puede exigir acreditar determinadas coberturas para mantenerse vigente.
Errores frecuentes al revisar el programa asegurador
- 1
Asumir que un seguro de responsabilidad civil general de la empresa cubre también la operación de la aeronave.
- 2
Confundir el seguro de accidentes del piloto con la responsabilidad civil, cuando son coberturas independientes.
- 3
Dar por hecho que el equipo (dron y cámaras) queda cubierto por la RC de aeronave, cuando esta responde ante daños a terceros.
- 4
Tratar el registro como operador UAS como si fuera en sí misma una cobertura aseguradora.
- 5
Asumir que el seguro de ciberriesgos cubre cualquier reclamación por privacidad, imagen o uso de contenidos.
Resolvemos sus dudas
¿Mi seguro de responsabilidad civil de empresa cubre el vuelo del dron?
No de forma automática. La operación de la aeronave está sujeta a un régimen asegurador propio de la aviación, distinto de la RC de explotación general de la empresa. Conviene verificar la obligación de aseguramiento y los límites aplicables según la normativa vigente.
¿El seguro de ciberriesgos cubre una reclamación por publicar imágenes de una propiedad sin permiso?
No debe darse por supuesto. Conviene diferenciar una filtración accidental de datos de una reclamación derivada de la propia captación, tratamiento o publicación de las imágenes, que puede requerir garantías de responsabilidad profesional o por contenidos.
¿Qué capitales debe incluir el seguro de daños al equipo?
Conviene comprobar que incluye no solo la aeronave, sino también cámaras, gimbals, sensores, baterías, estaciones de control y demás cargas útiles, durante el vuelo, el transporte y el almacenamiento.
¿Tiene coste la revisión de mis seguros?
La revisión de sus seguros no tiene coste y no implica obligación de contratar. Es un servicio que ofrecemos siempre de forma gratuita, valorando el tipo real de operación de su empresa antes de recomendar cualquier cambio.
Guía completa en PDF
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No somos un comparador, pero eso no nos hace caros: nuestra capacidad con más de 95 aseguradoras nos permite ofrecer el mejor precio del mercado. Lo que aportamos además es asesoramiento real, valorando el tipo de operación y el equipo de su empresa antes de recomendar.