Análisis profesional de riesgos

Ningún autónomo está hoy sin cobertura. La cuestión es cuánta, desde qué día y para qué contingencias.

Desde el 1 de enero de 2019, todo trabajador por cuenta propia cotiza obligatoriamente por incapacidad temporal, contingencias profesionales y cese de actividad, salvo las excepciones previstas para socios de cooperativas con sistema intercooperativo y para el sistema especial agrario. Ese dato cambia el planteamiento: los riesgos de un autónomo sin seguros privados no consisten en quedarse a cero, sino en la distancia entre lo que cobra del sistema público y lo que cuesta mantener la actividad abierta mientras no factura.

Esa distancia se puede calcular. Y las coberturas privadas que la cubren son varias, responden a problemas distintos y se confunden entre sí.

Riesgos de un autónomo sin seguros: profesional revisando cuentas y pólizas de su actividad
La pregunta operativa no es cuánto cuesta la póliza, sino cuántas semanas aguanta la actividad sin ingresar.

Lo que ya está cubierto por cotizar

ContingenciaQué prestación corresponde
Baja por enfermedad común o accidente no laboral60 % de la base reguladora del cuarto al vigésimo día, 75 % desde el vigésimo primero
Accidente de trabajo o enfermedad profesional75 % desde el día siguiente al de la baja
Cese de actividadExige un periodo mínimo de cotización y acreditar la situación legal de cese; su duración depende de lo cotizado

Cobertura obligatoria en el RETA desde 2019. Los porcentajes se aplican sobre la base de cotización, no sobre la facturación.

Ahí está la primera pieza del problema. La prestación se calcula sobre la base de cotización elegida dentro del tramo de rendimientos que corresponda. Quien cotiza cerca del mínimo percibe una prestación cercana al mínimo, con independencia de lo que facture o de los costes que deba seguir atendiendo.

La cuenta que conviene hacer antes

Frente a esa prestación hay una lista de pagos que no se detiene: cuota de autónomos, alquiler o coworking, préstamos, vehículo, licencias de software, gestoría y, en su caso, nóminas. A eso se añade lo que no aparece en ningún recibo: los trabajos que no se pueden aceptar, el encargo que se reorganiza con otro proveedor y el hueco de agenda que tardará en recuperarse.

La comparación útil es esa, y se puede hacer en diez minutos: prestación diaria estimada frente a coste diario de mantener la actividad abierta. La diferencia, multiplicada por las semanas que podría durar una baja, es el importe que hoy sale del ahorro personal.

Cotizar por la base mínima abarata la cuota todos los meses y encarece exactamente el mes que no se puede trabajar.

Riesgos de un autónomo sin seguros: qué producto resuelve cada problema

Subsidio por incapacidad temporal. Indemniza por día de baja o según un baremo asignado a cada lesión. Sus variables decisivas son la franquicia en días, la duración máxima y si cubre solo accidente o también enfermedad. Complementa a la prestación pública; no la sustituye.

Seguro de accidentes. Paga capitales por fallecimiento e invalidez permanente, en ocasiones con baremo de secuelas. No está pensado para sostener los meses de recuperación.

Responsabilidad civil. Conviene desagregarla, porque se contrata como si fuera una sola cosa y son cuatro. La de explotación responde de los daños causados en el desarrollo de la actividad; la profesional, del perjuicio económico derivado de un error en el servicio prestado; la patronal, de las reclamaciones de trabajadores propios por accidente laboral; la de productos, de los daños causados por lo suministrado o instalado una vez entregado. Un instalador necesita explotación y productos; una consultora, profesional; quien tiene empleados, patronal.

Multirriesgo del negocio. Cubre el local, la herramienta y el equipo, incluidos los supuestos de robo, con sus propias condiciones sobre estacionamiento del vehículo y cierre del inmueble.

Defensa jurídica. La que va incluida en una RC defiende frente a reclamaciones de terceros. Un seguro de defensa jurídica autónomo es otra cosa: permite reclamar frente a clientes, proveedores o la Administración. Y conviene recordar que las sanciones administrativas no se cubren en ningún caso; lo que puede cubrirse son los gastos de defensa.

La actividad declarada es la que decide

Un autónomo que empezó con mantenimiento y ahora firma instalaciones, o una profesional que pasó del diseño a la consultoría, tiene una póliza que describe un trabajo distinto del que realiza. La ley obliga a comunicar durante la vigencia del contrato las circunstancias que agraven el riesgo; sin esa comunicación, la prestación puede reducirse en proporción a la diferencia entre la prima convenida y la que habría correspondido.

Hay además un detalle propio de la responsabilidad civil profesional: hay pólizas que operan en base a reclamación, de modo que lo que activa la cobertura no es la fecha del trabajo, sino la fecha en que llega la reclamación. Eso obliga a revisar tres extremos en el condicionado: la fecha de retroactividad, el tratamiento de los hechos ya conocidos y qué ocurre al cancelar la póliza, porque a partir de ese momento las reclamaciones futuras por trabajos anteriores pueden quedar sin cobertura salvo que se contrate un periodo posterior.

El detalle que decide

Cómo está redactada su actividad asegurada

En oficios mixtos y servicios híbridos, la descripción de la actividad pesa tanto como el capital. Una redacción genérica admitida al contratar puede discutirse cuando llega el siniestro, comparando lo que la póliza describe con lo que realmente se estaba haciendo ese día.

La comprobación es sencilla: leer la actividad tal como figura en las condiciones particulares y preguntarse si un tercero que no conoce el oficio entendería, solo con esa frase, los trabajos que se facturaron el último trimestre. Si no es así, conviene ampliarla por escrito antes de que haga falta.

Comprobación previa

Seis comprobaciones sobre su actividad

  • Base de cotización. Qué prestación diaria le correspondería hoy por baja común y por accidente de trabajo.
  • Coste de estar parado. Suma de pagos mensuales que no se detienen aunque no facture.
  • Actividad declarada. Si la redacción de la póliza recoge todo lo que factura actualmente.
  • Tipo de responsabilidad civil. Si tiene explotación, profesional, patronal o productos, y cuáles necesita su oficio.
  • Base de la RC profesional. Fecha de retroactividad, hechos conocidos y cobertura posterior a la cancelación.
  • Herramienta y equipo. Qué valor mueve a diario y qué garantía lo cubre dentro y fuera del vehículo.
Punto de decisión

Dos clientes que concentran la facturación

Un autónomo con dos clientes recurrentes y una baja previsible de un mes. Tres preguntas que se responden con el último trimestre de facturación y el recibo de autónomos en la mano:

1. ¿Cuál sería su prestación diaria y cuál su coste fijo diario durante ese mes?

2. Si uno de esos dos clientes reorganiza el trabajo con otro proveedor, ¿cuántos meses tardaría en reponer esa facturación?

3. ¿Qué límite de responsabilidad civil exige el mayor de sus contratos, y coincide con el que tiene contratado?

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo cobra desde el primer día de baja?

Depende de la contingencia. En enfermedad común o accidente no laboral, la prestación se percibe a partir del cuarto día, al 60 % de la base reguladora hasta el vigésimo y al 75 % desde el vigésimo primero. En accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75 % desde el día siguiente al de la baja. La cobertura de ambas contingencias es obligatoria en el RETA desde 2019, conforme al Real Decreto-ley 28/2018.

¿Necesito responsabilidad civil si trabajo desde casa y no atiendo público?

Puede necesitarla igualmente. Si presta un servicio profesional, la reclamación llega por perjuicio económico derivado de un error, no por daño material, y es la responsabilidad civil profesional la que responde de ese supuesto. Trabajar sin local reduce unas exposiciones y deja intactas otras.

¿Qué conviene contratar primero, la baja o la responsabilidad civil?

Lo decide la actividad. Si el ingreso depende por completo de la presencia personal y no hay empleados, la interrupción por baja es la exposición más inmediata. Si el trabajo se ejecuta en instalaciones de terceros o puede causar daños materiales, la responsabilidad civil se adelanta. La prioridad sale del análisis de la actividad, no del orden en que se ofrecieron las pólizas.

Tres cálculos antes de contratar nada

La decisión se reduce a tres números que el propio autónomo puede tener esta semana: la prestación diaria que le correspondería, el coste diario de mantener la actividad abierta y el límite de responsabilidad civil que le exigen sus contratos. Con esas tres cifras, los riesgos de un autónomo sin seguros dejan de ser una advertencia genérica y pasan a ser una diferencia concreta, que se cubre o se asume a conciencia. Sin ellas, cualquier póliza que se contrate será una apuesta.

Determinada la estructura que su actividad exige —qué contingencias cubrir, con qué franquicias y con qué límites—, trabajar con acceso a más de 95 compañías amplía el universo desde el que buscar y contrastar, entre las entidades que aceptan su actividad, la franquicia en días, la duración de la indemnización, los límites y la retroactividad de la responsabilidad civil y precio. La aceptación y las condiciones dependen de la actividad declarada, de la facturación, de la siniestralidad previa y de los criterios de suscripción de cada entidad.

La revisión de sus seguros no tiene coste y no implica obligación de contratar. Es un servicio que ofrecemos siempre de forma gratuita, también cuando la conclusión es que su póliza actual está bien planteada.

Mateo Molina · Molina López — Análisis y Optimización de Seguros

¿Cuántas semanas aguanta su actividad sin facturar?

Calculamos la diferencia entre la prestación que le corresponde y el coste de mantener su actividad abierta, y le indicamos qué cobertura cubre ese tramo.

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