Análisis profesional de riesgos

Cinco recibos al año no son una estructura de protección. Son cinco decisiones tomadas por separado.

Si mañana su hijo rompiera algo de valor en casa ajena, ¿qué póliza respondería y con qué límite? ¿Y si el perro mordiera a alguien en la calle? ¿Y si faltara el ingreso principal de la casa no durante tres meses, sino durante años? Quien no puede responder a esas tres preguntas con una póliza concreta en la mano tiene material suficiente para plantearse una revisión de los seguros familiares, por muchos recibos que estén domiciliados.

El problema no es acumular pólizas. Es que cada una se contrató para resolver un momento —la hipoteca, el coche nuevo, el colegio— y ninguna se contrató mirando a las demás. Lo que sigue no es una reflexión sobre el orden: es lo que la Ley de Contrato de Seguro establece cuando dos pólizas se solapan y cuando una se queda corta.

Revisión de los seguros familiares: pólizas de una familia sobre la mesa
El desajuste no aparece en el recibo. Aparece cuando hay un siniestro y hay que decidir qué contrato responde y por cuánto.

Duplicar una cobertura de daños no significa cobrar dos veces

Es la confusión con más consecuencias económicas. En los seguros de daños rige el principio indemnizatorio: la indemnización repara el perjuicio, no puede superarlo. El artículo 32 de la Ley 50/1980 regula el llamado seguro múltiple, cuando dos o más contratos del mismo tomador cubren el mismo riesgo sobre el mismo interés durante el mismo periodo. En ese caso, los aseguradores contribuyen a la indemnización en proporción a su propia suma asegurada, sin que pueda superarse la cuantía del daño, y el que pagó de más puede repetir contra los demás.

La misma norma impone un deber poco conocido: comunicar a cada asegurador los demás seguros contratados, salvo pacto en contrario. Si esa comunicación se omite por dolo y se produce el siniestro en situación de sobreseguro, los aseguradores no están obligados a pagar la indemnización.

Con los seguros de personas ocurre lo contrario, y conviene saberlo antes de cancelar nada. El artículo 32 se aplica a los seguros de daños. Un capital de vida o de accidentes contratado en dos pólizas distintas no se reparte: cada contrato responde según sus propias condiciones, porque no indemniza un daño valorable sino que paga un capital pactado.

Cobertura duplicadaQué ocurre en el siniestro
Daños: hogar, contenido, responsabilidad civil, defensa jurídicaLos aseguradores contribuyen en proporción a su suma asegurada, con el daño real como techo
Personas: vida, accidentesLos capitales no se reparten; cada póliza responde conforme a su contrato
Daños, con omisión dolosa de los demás seguros y sobreseguroLos aseguradores no están obligados a pagar

Artículos 30 a 32 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. Pagar dos primas por una misma garantía de daños no duplica la indemnización: duplica el coste.

El dinero mal colocado no está en el recibo más alto. Está en la garantía que se paga dos veces mientras otra se queda corta.

El capital de vida medido por la deuda y no por la dependencia

Un seguro de vida contratado al firmar la hipoteca protege, en primer término, la operación de préstamo. Años después el saldo pendiente ha bajado, pero las cargas familiares pueden haber subido. El capital sigue calibrado sobre una deuda decreciente, no sobre lo que costaría sostener la casa si faltara el ingreso principal.

Aquí hay además un derecho que conviene conocer. El artículo 17 de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, prohíbe con carácter general las ventas vinculadas. El prestamista puede exigir una póliza en garantía del préstamo y un seguro de daños sobre el inmueble hipotecado, pero debe aceptar pólizas alternativas de cualquier proveedor que ofrezca condiciones y prestaciones equivalentes, tanto en la suscripción inicial como en cada renovación, sin cobrar comisión alguna por analizarlas y sin que ello empeore las condiciones del préstamo.

Dicho de otro modo: el capital y la compañía del seguro de vida no tienen por qué quedar congelados en la decisión que se tomó el día de la firma.

Infraseguro: la cifra antigua que recorta cualquier indemnización

Cuando la suma asegurada del continente es inferior al valor del interés asegurado, el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro prevé que el asegurador indemnice el daño en la misma proporción en la que la suma cubre ese interés. Las partes pueden excluir esa regla de común acuerdo en la póliza, y algunas compañías lo hacen.

Dos consecuencias prácticas que se pasan por alto. La primera: la proporción se aplica también a siniestros pequeños, no solo a la destrucción total. La segunda: el valor de reconstrucción cambia con las reformas y con los costes de obra, de modo que una cifra correcta en su día puede dejar de serlo sin que nadie haya tocado la póliza. Merece la pena comprobar si el contrato incluye alguna cláusula que renuncie a la regla proporcional y en qué condiciones.

Quién responde por los hijos, los animales y quien trabaja en casa

La responsabilidad civil familiar es la garantía que más se da por supuesta y menos se localiza. El Código Civil establece que los padres responden de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda, y que el poseedor de un animal responde de los perjuicios que cause, incluso si se le escapa o extravía. Esa responsabilidad existe con póliza o sin ella; lo que decide la póliza es quién adelanta el dinero y quién asume la defensa.

Conviene verificar, una por una, tres cosas: qué personas figuran como aseguradas en la garantía de responsabilidad civil, cuál es el límite por siniestro y qué queda excluido. Dos exclusiones merecen atención expresa: los vehículos de movilidad personal, cuya cobertura puede estar fuera de la responsabilidad civil del hogar y sujeta además a lo que exija la ordenanza municipal, y los daños relacionados con quien presta servicios en el domicilio, donde la relación laboral abre una responsabilidad como empleador que una póliza doméstica no está diseñada para atender.

El detalle que decide

Al dar el parte, hay que nombrar a los demás aseguradores

Cuando concurren varios seguros sobre el mismo interés, la ley exige que, producido el siniestro, se comunique a cada asegurador con indicación del nombre de los demás. No es un trámite menor: es lo que permite el reparto proporcional entre compañías y evita que el asegurado quede en medio de una discusión sobre quién paga primero.

En una familia con pólizas contratadas en años distintos y con entidades distintas, ese dato puede no estar recogido en ningún sitio. Tenerlo ordenado antes del siniestro es la diferencia entre un trámite y varios meses de espera con el gasto adelantado.

Comprobación previa

Seis comprobaciones para ordenar el conjunto

  • Solapes de daños. Si la defensa jurídica, la asistencia o la responsabilidad civil aparecen a la vez en la póliza de hogar, en la del coche y en alguna tarjeta o cuenta bancaria.
  • Capital de vida. Si responde al saldo de la hipoteca o a los años de gastos que habría que sostener sin el ingreso principal.
  • Continente. Si la suma asegurada refleja el coste actual de reconstrucción tras las reformas realizadas.
  • Uso declarado. Si la vivienda, el vehículo y la actividad que se desarrolla en casa coinciden con lo que figura en cada contrato.
  • Responsabilidad civil. Qué personas cubre, con qué límite y qué exclusiones tiene, con los vehículos de movilidad personal comprobados expresamente.
  • Salud. Cuadro médico vigente, copagos y periodos de carencia de las garantías que aún no se han utilizado.
Punto de decisión

Cinco pólizas, dos sueldos y una hipoteca a veinte años

Hogar, dos coches, vida vinculada al préstamo, salud familiar. Todo pagado y al día. Antes de añadir o cancelar nada, tres preguntas que se responden con los condicionados que ya tiene en casa:

1. ¿Cuántos meses de gastos cubriría el capital de vida actual una vez liquidada la hipoteca?

2. ¿Cuántas de sus pólizas incluyen defensa jurídica o asistencia y cuánto paga por cada una?

3. ¿El continente de su seguro de hogar se calculó antes o después de la última reforma?

Preguntas frecuentes

¿Cobro dos veces si tengo la misma cobertura en dos pólizas?

En seguros de daños, no. Los aseguradores contribuyen en proporción a su suma asegurada sin superar la cuantía del daño, según el artículo 32 de la Ley de Contrato de Seguro. En seguros de personas, como vida o accidentes, los capitales no se reparten: cada póliza responde según su contrato.

¿Puedo cambiar el seguro de vida que contraté con el banco al firmar la hipoteca?

El artículo 17 de la Ley 5/2019 obliga al prestamista a aceptar pólizas alternativas con condiciones y prestaciones equivalentes, en la contratación inicial y en las renovaciones, sin cobrar por analizarlas y sin empeorar las condiciones del préstamo. Conviene comprobar antes qué bonificación del tipo de interés está asociada a esa póliza, para decidir con el cálculo completo.

¿Qué pasa si el valor asegurado de mi vivienda se quedó desfasado?

Puede aplicarse la regla proporcional del artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro, que reduce la indemnización en la misma proporción en que la suma asegurada cubre el interés. Afecta también a los daños parciales, salvo que la póliza haya excluido expresamente esa regla.

Revisión de los seguros familiares: tres decisiones antes del próximo recibo

Una revisión de los seguros familiares no consiste en cambiar de compañía ni en contratar más. Consiste en tres decisiones concretas: retirar la garantía de daños que se está pagando dos veces, fijar el capital de vida sobre la dependencia económica real y actualizar las sumas aseguradas al valor de hoy. Con eso resuelto, el resto son preferencias. Sin eso resuelto, cada recibo nuevo refuerza una sensación de cobertura que el condicionado no sostiene.

Determinada la estructura que su situación exige —qué debe cubrirse, con qué capitales y en qué contratos—, trabajar con acceso a más de 95 compañías amplía el universo desde el que buscar y contrastar, entre las entidades que ofrecen soluciones adecuadas, los límites de responsabilidad civil, los capitales de vida, las condiciones de las garantías de daños y precio. La aceptación y las condiciones dependen de la edad, del estado de salud, de las características del inmueble y de los criterios de suscripción de cada entidad.

La revisión de sus seguros no tiene coste y no implica obligación de contratar. Es un servicio que ofrecemos siempre de forma gratuita, también cuando la conclusión es que su póliza actual está bien planteada.

Mateo Molina · Molina López — Análisis y Optimización de Seguros

¿Sabe qué garantía está pagando dos veces?

Revisamos juntas todas las pólizas de la casa, señalamos los solapes, los capitales cortos y las exclusiones que nadie le explicó al contratar.

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